España endurece los requisitos en la venta de las mascarillas higiénicas
Sólo podrán ser comercializadas como mascarillas higiénicas las testadas por un laboratorio acreditado.
La Organización Mundial de Comercio (OMC) y la UE han dado luz breve a la orden ministerial española para endurecer estos requisitos. El objetivo es garantizar la seguridad de los consumidores sin síntomas de coronavirus y que no están en contacto con personas enfermas.
¿Qué es la mascarilla higiénica?, esta norma la define como «Todo aquel producto tanto reutilizable (que puede lavarse o higienizarse) como no reutilizable (de un solo uso), con o sin accesorios, diseñado para cubrir boca, nariz y mentón, dotado de un sistema de sujeción normalmente a la cabeza o a las orejas, cuyo uso previsto es minimizar la proyección de las gotas respiratorias, que contienen saliva, esputos o secreciones respiratorias cuando el usuario habla, tose o estornuda, pudiendo también limitar la penetración en el área nasal y bucal del usuario de las gotas respiratorias de origen externo sin declarar la protección del usuario, siempre que no sea considerado producto sanitario (*) ni equipo de protección individual (EPI) (*)».
Sólo pueden denominarse “mascarilla higiénica” los que cumplan con los requisitos, como en el caso de las nuestras.
Además, se establecen requisitos técnicos adicionales para la comercialización de las mascarillas como las especificaciones técnicas, la eficacia de filtración del material y la resistencia a la respiración o permeabilidad al aire y el laboratorio empleado para su realización. En productos reutilizables deberán figurar al menos los datos obtenidos antes y después del total de ciclos de lavado indicados por el fabricante, siguiendo el método de lavado y secado recomendado.
También se prohíbe la comercialización de las mascarillas higiénicas fuera del envase original, así como en cualquier otro formato que no garantice el cumplimiento de los requisitos exigidos.
